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Soboce debe pagar Bs 744 millones a Fancesa por el caso de “competencia desleal”

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este lunes, en un fallo en materia civil, infundado el recurso de casación interpuesto por la Sociedad Bolivia de Cemento (Soboce), con lo que confirmó el dictámen que ordena a la cementera paceña, que pertenece al Grupo Gloria, pagar Bs 744 millones a la Fábrica […]

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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este lunes, en un fallo en materia civil, infundado el recurso de casación interpuesto por la Sociedad Bolivia de Cemento (Soboce), con lo que confirmó el dictámen que ordena a la cementera paceña, que pertenece al Grupo Gloria, pagar Bs 744 millones a la Fábrica Nacional de Cemento S. A. (Fancesa) por el caso “competencia desleal”.

El gobernador de Chuquisaca, Luis Ayllón, anunció que se iniciarán las gestiones para concretar este pago, mientras que el abogado de la cementera chuquisaqueña, Paul Tolavi, señaló que, con la última actualización, el monto se habría incrementado a Bs 800 millones.

La Sala Penal del TSJ ratificó la decisión de la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca que, en este caso, hace dos años determinó que la cementera paceña pague Bs 744 millones por una demanda iniciada por la factoría chuquisaqueña dentro de un proceso por competencia desleal.

Tolavi recordó que la demanda para el resarcimiento del daño civil que Soboce le causó a Fancesa fue planteada por la factoría chuquisaqueña hace ocho años y que el TSJ les dio la razón a los jueces que se pronunciaron en primera instancia a favor de Fancesa en 2023 y 2024, confirmando el pago del monto millonario.

“El día de hoy, la demanda que iniciamos en 2017 ha concluido. La justicia ordinaria, el TSJ ha determinado que Soboce debe cancelar a Fancesa esos 744 millones de bolivianos que le fueron afectados por una competencia desleal cometido en 2009”, manifestó Tolavi.

En criterio del abogado, este fallo es definitivo y tampoco se podrá impugnar mediante otra acción de amparo debido a que solo se puede acudir la vía constitucional una sola vez con un mismo tema.

Por su parte, el Gobernador indicó que el Auto Supremo 1190/2026, el fallo en cuestión, deja ejecutoriado el pago de esta deuda de Soboce a Fancesa.

“Este fallo nos permite continuar por las vías legales para pedir la ejecución del pago, hacer una estrategia que efectivice este pago dispuesto por el TSJ y que favorece al departamento de Chuquisaca”, manifestó.

Ayllón agregó que no descarta que Soboce recurra a otras “artimañas” para evadir esta responsabilidad, pero dijo que de manera estratégica la Gobernación y las copropietarias de Fancesa agotarán todas las acciones para hacer efectivo el pago este año.

La autoridad recordó que el fallo tiene que ver con la determinación de los vocales constitucionales de La Paz que el año pasado anularon la primera sentencia de casación dictada por la Sala Civil del TSJ, que ya había dispuesto este pago, pero fue anulado en la vía constitucional.

“Este fallo está basado en el auto constitucional (el de los vocales de La Paz) que recomendó emitir un nuevo fallo, y este es el que emitió el TSJ, en el cual fue declarada infundada la petición de Soboce. Ahora ya no hay otro amparo que pueda obstaculizar el cumplimiento de este fallo”, señaló.

Aclaró que el fallo en revisión que emita el TCP sobre la determinación de los vocales constitucionales de La Paz, que anularon la sentencia del TSJ, no afectará a esta última decisión porque la vía constitucional no revisa fallos de fondo, solamente precautela el debido proceso.

“No hay forma de revocar este fallo y, seguramente, el TCP, cuando tenga la sala plena completa (con nueve magistrados) resolverá, pero eso es otra cosa”, explicó.

El abogado constitucionalista Jaime Hurtado, no obstante, advirtió que el caso no está completamente terminado. Señaló que el auto del TSJ, el fallo que se conoció este lunes, aún debe cumplir con los parámetros establecidos por el tribunal de garantías de La Paz, de la falta de una motivación debida, en relación a la decisión de la justicia ordinaria, y Soboce todavía puede observar ese cumplimiento y acudir nuevamente a la vía constitucional, no únicamente en La Paz, ya que podría hacerlo en cualquier otro distrito. También puede acudir ante tribunales internacionales alegando que la justicia en Bolivia no otorga garantías.

El abogado Cristian Mina aclaró que este fallo fue emitido por la magistrada de la Sala Penal Norma Velasco y por su colega de la Sala Social, Rosmery Ruiz, debido a que Soboce recusó a los magistrados Fanny Coaquira y Primo Martínez, que el año pasado también fallaron en contra de la cementera paceña.

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