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Senado aprueba la ley para reglamentar estado de excepción y la remite a Diputados

En una extensa sesión en feriado, el Senado aprobó este jueves en grande y detalle la Ley de Regulación de Estados de Excepción, la cual plantea el marco reglamentario para las acciones del Gobierno, Policía y Fuerzas Armadas en este tipo de declaratorias. La ley se promueve mientras en el país se cumplen más de […]

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En una extensa sesión en feriado, el Senado aprobó este jueves en grande y detalle la Ley de Regulación de Estados de Excepción, la cual plantea el marco reglamentario para las acciones del Gobierno, Policía y Fuerzas Armadas en este tipo de declaratorias.

La ley se promueve mientras en el país se cumplen más de un mes de movilizaciones y bloqueos de caminos, que han afectado el abastecimiento en diferentes ciudades del país.

La norma ahora pasa a la Cámara de Diputados para su sanción.

El texto tuvo sus modificaciones respecto al proyecto de ley original presentado un día antes.

Según el proyecto de ley, el presidente podrá declarar estado de excepción ante situaciones excepcionales de amenaza externa, conmoción interna o desastre natural, por un periodo de hasta 90 días, aunque se puede ampliar con aval de la Asamblea.

Ratifica, en línea con la Constitución, que cuando se declare estado de excepción, se requerirá la aprobación de la Asamblea en un plazo de 72 horas.

Permite que, con la declaratoria, la Policía y Fuerzas Armadas puedan proceder al arresto y traslado de personas que hayan incumplido las restricciones, pero no por más de ocho horas.

La norma establece que la Policía mantendrá el mando primario de las operaciones de preservación del orden público, pero si es superada en caso de conmoción interna el Órgano Ejecutivo podrá disponer el apoyo extraordinario de las Fuerzas Armadas.

Establece que el uso de la fuerza durante operaciones conjuntas será excepcional, diferenciado y estrictamente necesario.

La ley señala que las actuaciones realizadas por miembros de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas durante el estado de excepción gozarán de presunción de legalidad.

Asimismo, establece que el Ejecutivo proporcionará patrocinio legal a los policías y militares que sean sometidos a proceso judicial o administrativo por actos ejecutados durante el estado de excepción, excepto cuando cometan hechos arbitrarios, tortura, desaparición forzada, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual, tratos crueles, inhumanos o degradantes ni violaciones graves de derechos humanos.

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